Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobro con una reducción de jornada al 50%?

Con una reducción de jornada al 50%, vuestro salario bruto se reduce a la mitad. Pero el salario neto no cae en la misma proporción porque el IRPF es progresivo: si ahora ganáis 30.000 € brutos, pasaréis a 15.000 €, pero el neto puede pasar de ~21.000 € a ~12.500 € (caída de solo el 40% en neto). La calculadora os hace el cálculo exacto según vuestros ingresos.

¿Quién tiene derecho a reducción de jornada en España?

Tienen derecho a reducción de jornada los trabajadores con hijos menores de 12 años (guarda legal), para cuidado de familiar dependiente, por lactancia, o por razones de conciliación. La reducción puede ser de entre 1/8 y 1/2 de la jornada. El empresario no puede negarla aunque sí puede condicionar el horario concreto.

¿Cómo afecta la reducción de jornada a la pensión de jubilación?

La reducción de jornada reduce la base de cotización y, por tanto, la pensión futura. Con una reducción al 50% durante 5 años, la pensión puede ser entre 50 y 150 €/mes menor según el momento de la carrera en que se haga. Para minimizar el impacto, podéis complementar voluntariamente la cotización (convenio especial con la Seguridad Social).

¿Puede negarme mi empresa la reducción de jornada?

Para los supuestos legales (hijos menores de 12 años, cuidado de familiar), la empresa no puede negar el derecho, aunque sí tiene margen para concretar el horario. Lo que sí puede limitar es el horario exacto y la distribución de las horas. Si la empresa deniega el derecho, podéis reclamar ante la Inspección de Trabajo o los juzgados de lo social.

¿Es mejor reducción de jornada o excedencia para cuidar a los hijos?

Con la reducción de jornada seguís cotizando y cobrando (menos). Con la excedencia voluntaria no cobráis nada pero conserváis el puesto durante 3 años (con derecho a reingreso en la misma empresa). Si vuestros ingresos como pareja permiten vivir sin ese salario, la excedencia da más tiempo. Si necesitáis los ingresos, la reducción es la opción.

Datos fiscales actualizados: junio de 2026 · Las calculadoras son orientativas y no constituyen asesoramiento fiscal ni financiero. Aviso legal · Sobre Fintbook

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